El Instituto de las Mujeres pide que los Planes de Igualdad llegue también a las empresas no obligadas


El Instituto de las Mujeres pondrá todos los recursos a su alcance para que la implantación de los planes de igualdad en las empresas se extienda más allá de aquellas a las que obliga el Real Decreto 901/2020.

Para esta organismo es importante desplegar políticas laborales feministas que lleguen a todos los centros y a todas las trabajadoras.

Le recordamos que los Planes de Igualdad son un conjunto de medidas ordenadas y organizadas con el fin de alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres y eliminar, de esta forma cualquier discriminación por razón de sexo o género.

La Ley Orgánica 3/2007 y su ampliación en el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de Marzo, reducen a 50 trabajadores el límite a partir del cual es obligatorio disponer de un Plan de Igualdad y establece plazos para la aprobación del Plan de Igualdad:
 

Además todas aquellas empresas con más de 50 personas trabajadoras que no tengan implantado el Plan de Igualdad pueden ser sancionadas por no tenerlo. Estas sanciones pueden ir desde 751 € a 7.500 € obligándole igualmente a realizarlo y con fecha límite de entrega,
Si fuera el caso de que se detecte en la empresa discriminación, la sanción puede aumentar desde 6.2521 € a 187.515 €

 

Cabe destacar que el Instituto de las Mujeres ha estado especialmente activa en trabajar por la Igualdad en las empresas, publicando en los últimos meses diferentes guías y herramientas que contribuyen a la mejora de la Igualdad en las empresas. 

De hecho, la redistribución de los trabajos, el tiempo y la riqueza, así como el derecho al cuidado y la corresponsabilidad, son temas fundamentales en la agenda política del Instituto de las Mujeres. 

Acaba de publicar la Herramienta de Valoración de Puestos de Trabajo para identificar y visibilizar las diferencias retributivas entre mujeres y hombres. Esta herramienta puede servir de base para la configuración de las tablas salariales en la Negociación Colectiva y así facilitar el cumplimiento de la nueva obligación legal a las empresas.

Otra de las herramientas que también ha hecho público ha sido Herramienta de Registro Retributivo. Esta herramienta permite a las empresas cumplir con la obligación de elaborar un registro retributivo de acuerdo con las exigencias previstas en el Real Decreto 902/2020, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres y en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores.

Si su negocio tiene que ponerse al día en Planes de Igualdad y en el Registro Retributivo, no dude en consultar con nuestro equipo poniéndose en contacto con él rellenando el formulario que tiene a continuación. 

 

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