¿Qué pasa cuando el agresor es el CEO de la empresa?


El verdadero éxito de una empresa no solo se mide en cifras, sino en la capacidad de crear un entorno seguro y respetuoso para todos. Y precisamente aquí radica la importancia de disponer y saber implementar un Protocolo contra el acoso en la empresa. 

A finales de este verano hemos asistido, observado y reflexionado el comportamiento reprobable de un CEO y de la reacción de su organización. 

Después del gran logro conseguido por un trabajo en equipo, en tan solo minutos, esta organización que ha conseguido el máximo triunfo, pierde todo el esfuerzo conseguido, todo el trabajo realizado por el equipo, por un acto impropio. 

Las consecuencias de no disponer de uno o de tenerlo y NO saberlo aplicar puede tener consecuencias negativas tanto para las personas trabajadoras como para la propia organización ya sea en términos de bienestar de los empleados como en su reputación y rendimiento general; pudiendo incluso acarrear a toda la estructura empresarial responsabilidades penales

(Informe FIFA: el hecho ha causado un daño considerablemente a la integridad y la reputación del fútbol hasta el punto de ocasionar a la imagen y el prestigio de este deporte un perjuicio irreparable)

Implementar un protocolo contra el acoso es el primer paso para construir una cultura organizacional fuerte, en donde no puedan darse, tal y como estamos observando en la actualidad, nuevas fórmulas de acoso, que hoy en día suponen violencia de género.

Cuando el acosador es el CEO, a falta de medidas prácticas, el trabajador podrá solicitar la rescisión del contrato:

Cuando el acosador es una persona trabajadora, y queda demostrada su participación, una de las medidas que la empresa puede adoptar es la resolución del contrato por despido disciplinario.

LAS CONSECUENCIAS DE NO TENER UN PROTOCOLO CONTRA EL ACOSO

La importancia de implementar un protocolo contra el acoso en la empresa que sea eficiente, va más allá de la pura prevención de riesgos laborales, ya que las empresas tienen la responsabilidad de garantizar la seguridad y salud de las personas trabajadoras, en todos los aspectos de la relación laboral.

Las consecuencias de omitir este deber, recogidos ya en diversos pronunciamientos judiciales, como la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, núm. 2437/2020 de 12 junio, que concluye 

que la empresa dejó de adoptar las medidas de seguridad que le eran exigibles para la resolución del conflicto surgido entre diversos trabajadores, permitiendo que creciera, sin atender a las condiciones en que se encontraban dichos empleados.

que la empresa, con su pasividad, contribuyó a que el actor sufriera los trastornos síquicos que motivaron su baja laboral.

Y resolvió con la imposición de un recargo en un 40% puede poner contra las cuerdas a la empresa.

OBLIGACIÓN DE TODA EMPRESA DE DISPONER DE UN PROTOCOLO CONTRA EL ACOSO

Huelgue pues decir y aclarar que en el marco normativo actual, cualquier empresa, incluso la que cuenta con una estructura organizativa pequeña, está obligada, por ley, a contar con un protocolo contra el acoso laboral. 

Dicho protocolo debe informar a toda la plantilla de:

Todo ello, garantizando la más absoluta confidencialidad.

Nuestro equipo de profesionales está en disposición de  ayudarle a cumplir con las obligaciones formales para promover una cultura empresarial basada en el trato respetuoso entre las personas, dado que estamos observando que las consecuencias pueden ser severas.

Si su empresa ya dispone de un Protocolo contra el acoso, nuestro equipo se pone a su disposición para poder revisarlo y actualizarlo. 

Y si su organización no tiene, cuente con nosotros para poder empezar a implementar uno. 

Construya un futuro donde la dignidad y el respeto sea el cimiento de su crecimiento.

Contáctenos hoy mismo para obtener más información sobre cómo podemos ayudarle a implementar o revisar un protocolo contra el acoso efectivo en su organización. 

Lo puede hacer rellenando el formulario que tiene a continuación. 

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